Ante un amparo interpuesto por un sargento, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la facultad del Presidente de la República para expedir leyes y reglamentos relacionados con la organización de las fuerzas armadas en lo relativo al fuero de guerra.
Por lo anterior, la Primera Sala del Alto Tribunal rechazó amparar al sargento acusado de deserción por faltar tres días a sus labores ante la Sedena.
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El militar alegó que el Presidente es cabeza del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial Militar de Sedena, por lo que no existe independencia e imparcialidad de los tribunales militares, siendo juez y parte.
En su demanda, el sargento acusa, ante la SCJN, que los tribunales militares no son parte del Poder Judicial de la Federación y que es al Ejecutivo a quien corresponde, según el artículo 13 constitucional, expedir la legislación que regule el procedimiento penal militar, por esa razón es excesivo haber delegado esa facultad al Poder Ejecutivo Federal.


