Durante el Informe Anual de Labores 2018, el Ministro Presidente de la Segunda Sala, Eduardo Medina Mora, sostuvo que la diferencia entre un Estado democrático de derecho y un régimen que no lo es, es una división de poderes y un modelo de contrapesos.
De acuerdo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las resoluciones más importantes que realizó la Segunda Sala durante 2018 y que generaron especial interés en la comunidad jurídica son:
1.- El amparo a un menor y a sus padres, siendo víctimas, en contra de la negativa de las autoridades responsables de interrumpir legalmente un embarazo derivado de una violación sexual.
La Sala determinó que las autoridades sanitarias a quienes acudan mujeres que han sido víctimas de una violación sexual y están embarazadas, producto de dicho acto, deben atender de manera eficiente e inmediata la solicitud, a fin de no permitir que las consecuencias físicas, psicológicas, etc., derivadas de la agresión sexual se sigan desplegando en el tiempo, lo que conlleva no sólo a prestar la atención y observación médica necesarias, sino a la materialización de tal interrupción legal del embarazo.
2.- Es discriminatorio la exclusión de alumnos con discapacidad del sistema educativo general y por tanto, inconstitucional.
Los ministros consideraron que la escuela ordinaria con orientación inclusiva es la medida más eficaz para combatir las actitudes discriminatorias, crear comunidades de acogida, construir una sociedad integradora y lograr la educación para todos, ya que los niños que se educan con sus pares tienen más probabilidades de convertirse en miembros productivos de la sociedad y de estar incluidos en su comunidad.
3.- Defiende derechos de los pasajeros usuarios del servicio de transportación aérea.
Estableció que son válidas las obligaciones que establece la Ley de Aviación Civil a cargo de las aerolíneas para garantizar tanto el respeto a los derechos de los pasajeros como que la prestación del servicio sea en condiciones de eficiencia, seguridad y eficacia.
4.- Concede el amparo para importación o adquisición de semillas de marihuana.
Concedió el amparo a tres particulares para que puedan importar semillas de marihuana o adquirirlas de sujetos previamente autorizados para ello. La Segunda Sala modificó los efectos de la concesión del amparo para incluir entre ellos la posibilidad de importar semillas de marihuana, o adquirirlas de sujetos previamente autorizados para ello, en los términos que precise la Cofepris, en atención a los efectos prácticos que deben tener las sentencias de amparo.
5.- Es discriminatorio excluir a las empleadas domésticas del régimen obligatorio del IMSS
Declaró inconstitucional que los patrones no estén obligados a inscribir a las empleadas domésticas ante el Instituto Mexicanos del Seguro Social (IMSS). La Sala estableció que no existe alguna razón constitucionalmente válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la Ley del IMSS excluyan el trabajo doméstico del régimen obligatorio de seguridad social, lo cual provoca una discriminación injusta contra dichas trabajadoras.


