La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que la participación de las Fuerzas Armadas no está condicionada a una guerra, sino que también están facultadas para salvaguardar la seguridad interior.
“No sólo es constitucional la participación de las Fuerzas Armadas en auxilio o apoyo de las autoridades civiles, sino necesaria para salvaguardar el orden jurídico emanado de la propia Ley Fundamental”.
Asimismo refiere que el Ejército no está facultado para realizar por sí mismo, funciones de seguridad pública ni a reemplazar a instituciones creadas para dichos fines.
El proyectó considera que la seguridad interior no está subordinada o es complementaria a la seguridad pública.


