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Abogado Digital

La Cancha Está Casi Lista, ¿Y Los Jugadores? #Fintech

por Mtro. Luis Mario Lemus Rivero
1, octubre, 2018
1011
0
4 minutos de lectura

La innovación y la competencia, ¿víctimas de la sobrerregulación en la Ley Fintech? Seis meses después de aprobada la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones secundarias (reglamentarias) de esta controvertida Ley Fintech.

En estas disposiciones se establecen, entre otras, los requisitos en torno a la información y documentación adicional que se debe presentar para solicitar la autorización ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (cnbv) para actuar como una Institución de Tecnología Financiera (itf), el monto del capital mínimo para las instituciones de tecnología financiera, así como todo lo relacionado a los requisitos en materia de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.

 “La regulación a las itf suponían seguridad jurídica para echar a andar estos negocios, generar competencia y atraer inversión, con la publicación de las disposiciones secundarias se observa que no será tan sencillo, pues existe una “sobrerregulación” que impacta directamente a aquellos que apenas están desarrollando una idea o un negocio.”

Los jugadores no están del todo contentos, pues si bien en su momento la regulación a las ITF suponían seguridad jurídica para echar a andar estos negocios, generar competencia y atraer inversión, con la publicación de las disposiciones secundarias se observa que no será tan sencillo, pues existe una “sobrerregulación” que impacta directamente a aquellos que apenas están desarrollando una idea o un negocio, pues la inversión para cumplir con los requisitos de esta Ley es considerablemente alta.

Las disposiciones de carácter general aplicables a la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera se centraron en los siguientes puntos clave:

  • Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.
  • La información y documentación adicional para solicitar la autorización para actuar como ITF.
  • El capital mínimo para operar dependiendo de las actividades.
  • Los límites para la recepción de recursos en efectivo y transferencia de recursos.
  • De la contabilidad, la valuación de Valores y demás instrumentos financieros, así como Activos Virtuales, la información financiera y su revelación.
  • De los criterios de contabilidad.
  • De los estados financieros, revelación de información financiera y textos que se anotarán al calce.
  • De las instituciones de financiamiento colectivo.
  • De la metodología de evaluación, selección y calificación de solicitantes y proyectos.
  • De los límites de recursos que las instituciones de financiamiento colectivo podrán mantener a nombre de sus Clientes.

La Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) en el dictamen preliminar del 4 de septiembre de 2018, respecto al anteproyecto de las Disposiciones Secundarias de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, procedió a realizar la cuantificación de los costos que pudieran generarse, de los cuales destacan los siguientes:

 

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Como podemos observar, tan sólo para cumplir con dichas actividades el monto aproximado anual es de poco más de un millón de pesos.

 

A lo anterior, es importante considerar los demás requisitos para obtener la autorización de la cnbv para operar como itf, dentro de los cuales destaca el de la implementación de un gobierno o estructura corporativa ad hoc al negocio y de conformidad a la Ley Fintech, políticas de seguridad de la información, confidencialidad, implementación de estándares mínimos de seguridad de la información en sistemas, derecho de interfaz, creación de un manual de operaciones y un plan de continuidad operativo, etcétera.

 

Aunque aún hay disposiciones que no se han publicado, la cancha está casi lista y aquellos que quieran incursionar en un negocio fintech, deberán considerar mayor inversión en sus proyectos, pues como lo hemos visto, esta sobrerregulación impacta fuertemente en la metodología y procesos de los propios modelos de negocio fintech y repercute de forma directa en sus finanzas, lo que representa una ventaja para los bancos y los gigantes de la tecnología. Sin duda, la Ley Fintech será proteccionista total de los usuarios y/o consumidores de los servicios que ofrecen.

 

 

 

Temas:
  • Fintech
  • Ley Fintech

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