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En la opinión

¿Debe Permanecer el Ejército en las en las Calles para Realizar Funciones de Seguridad Pública?

por Foro Jurídico
2, junio, 2017
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9 minutos de lectura

El pasado 8 de diciembre del 2016, el Secretario de la Defensa Nacional, General Salvador Cienfuegos, se pronunció porque las Fuerzas Armadas (fa) regresen a sus cuarteles y dejen las acciones contra la delincuencia en manos de las policías, al señalar lo siguiente: “…Si quieren que estemos en los cuarteles, adelante, yo sería el primero en levantar no una, sino las dos manos para que nos vayamos a hacer nuestras tareas constitucionales; …Nosotros (los militares) no pedimos estar aquí, no nos sentimos a gusto, no estudiamos para perseguir delincuentes, nuestra función es otra y se está desnaturalizando.” Lo anterior, toda vez que ya han pasado 10 años de una declaración de guerra contra el narcotráfico, hecha por el ex presidente Felipe Calderón, en 2006.

Con este antecedente, recordemos que nuestro país, durante los últimos años, ha enfrentado una terrible crisis de seguridad pública. El Estado debe combatir las causas que generen la comisión de delitos desarrollando políticas, programas y acciones para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos que induzcan el respeto a la legalidad.

La seguridad pública es la función a cargo del Estado que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz pública. El General Cienfuegos, plantea que la estrategia contra la delincuencia la cumplan las fuerzas policiales de seguridad pública federales, estatales y municipales, para que el Ejército y la Marina, se encarguen de la soberanía nacional, en las fronteras y las aguas territoriales, o auxilio contra desastres naturales.

El Ejército mexicano, tiene implementados 3 planes de estrategia:

  1. Plan DN-I: Diseñado para enfrentar un país o fuerza extranjera enemiga que invadiera el país. Problema que si bien pudiera suscitarse, es una remota posibilidad por ser México, una nación entregada a la paz conforme a la Doctrina Estrada, de no intervención en asuntos de otros países y al principio de Benito Juárez, cuando expresó: “Entre los individuos como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno, es la paz”;
  2. El Plan DN-II: El combate a las fuerzas internas que socaven la estabilidad de las instituciones. Como en la actualidad, cuando sostiene un combate frontal al narcotráfico, lo que ha aumentado drásticamente la presencia militar en varios Estados al realizar labores policiales de forma rutinaria;
  3. El DN-III que atiende a la población civil en casos de desastres naturales como los huracanes y terremotos. Con este programa el Ejército recobra todo lo que pierde con el segundo; y es que su empleo en tareas policíacas se debe a la corrupción de los cuerpos policíacos municipales y estatales.

La Constitución Federal, respecto de la seguridad pública señala en el artículo 21: “… La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución”. Mientras que el artículo 129 respecto de las funciones del Ejército establece: “…En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente habrá Comandancias Militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de la Unión; o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las tropas.” Como se observa, ambos, claramente advierten que el Ejército no está para cumplir funciones de seguridad pública, ya que el sistema de seguridad pública está construido a partir de los servicios de la policía.

La Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea mexicanos, apunta en sus primeros 2 artículos, “1º.- El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, son instituciones armadas permanentes que tienen las misiones generales siguientes:

III. Auxiliar a la población civil en casos de necesidades públicas.
Artículo 2.- Las misiones enunciadas, podrán realizarlas el Ejército y
la Fuerza Aérea, por si o en forma conjunta con la Armada o con otras Dependencias de los Gobiernos Federal, Estatales o Municipales, todo, conforme lo ordene o lo apruebe el Presidente de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales.” Podemos decir que en el caso de la Fracción

III, del artículo primero, se entiende que faculta al Ejército y a las Fuerzas Armadas a auxiliar a la población en situaciones públicas, asimismo, el artículo segundo, da la pauta para pensar que, si el ex presidente Calderón, envió al Ejército a las calles a realizar funciones de seguridad pública, para la defensa de los ciudadanos y el mantenimiento del orden y la paz social; porque existía la necesidad de apoyar a las policías que, sin duda, estaban infiltradas y rebasadas por la delincuencia organizada.

 

«Si bien el Ejército no tiene funciones de seguridad pública, se justifica su actuar porque las policías han sido rebasadas e infiltradas por la delincuencia organizada.»

la Fuerza Aérea, por si o en forma conjunta con la Armada o con otras Dependencias de los Gobiernos Federal, Estatales o Municipales, todo, conforme lo ordene o lo apruebe el Presidente de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales.” Podemos decir que en el caso de la Fracción III, del artículo primero, se entiende que faculta al Ejército y a las Fuerzas Armadas a auxiliar a la población en situaciones públicas, asimismo, el artículo segundo, da la pauta para pensar que, si el ex presidente Calderón, envió al Ejército a las calles a realizar funciones de seguridad pública, para la defensa de los ciudadanos y el mantenimiento del orden y la paz social; porque existía la necesidad de apoyar a las policías que, sin duda, estaban infiltradas y rebasadas por la delincuencia organizada.

Respecto de la seguridad pública, también es necesario destacar lo que establece la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (lgsnsp), en su artículo 2 y 3:“…Artículo 2.- La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las entidades federativas y municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del sentenciado, en términos de esta Ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Estado desarrollará políticas en materia de prevención social del delito con carácter integral, sobre las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales, así como programas y acciones para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos, que induzcan el respeto a la legalidad y a la protección de las víctimas”.

“…Artículo 3.- La función de Seguridad Pública se realizará en los diversos ámbitos de competencia por conducto de las Instituciones Policiales, de Procuración de Justicia, de las instancias encargadas de aplicar las infracciones administrativas, de la supervisión de medidas cautelares, de suspensión condicional del procedimiento de los responsables de la prisión preventiva y ejecución de penas, así como por las demás autoridades que en razón de sus atribuciones deban contribuir directa o indirectamente al objeto de esta Ley”.

Con estos fundamentos, claramente debemos entender que la función del Ejército y las fa no tienen injerencia en las actividades de la seguridad pública, sin embargo, debemos tener muy claro que a 10 años, el General Cienfuegos, ha criticado que las policías de los 32 estados y miles de municipios no se hayan reconstruido ni unificado. Asimismo, ha declarado ante la prensa que los gobiernos y legisladores no han construido y aprobado un marco jurídico para respaldar las operaciones militares, además de señalar en defensa de las Fuerzas Armadas que: “…Los soldados ya mejor piensan si le entran a enfrentar a los grupos delictivos, con el riesgo de ir a la cárcel, acusados de violar derechos humanos o que sean procesados por desobedecer, no ha habido prisa en muchos años y los que estamos confrontando los problemas somos nosotros”.

CIUDAD DE MÉXICO, 16NOVIEMBRE2016.- Tropas integrantes del Plan DN-II-N, durante la ceremonia de presentación del «boleto del Metro conmemorativo por los 50 años del Plan DN-III-N del Ejército Mexicano».
FOTO: ADOLFO VLADIMIR/CUARTOSCURO.COM

 

Por eso, el alto mando castrense pidió al Congreso que apruebe una ley para reglamentar las acciones militares y disipar así, las dudas entre los soldados sobre la legalidad de sus operativos, marcados con un alto índice de letalidad sobre la delincuencia. En México, continúa el incremento de la violencia del crimen organizado y la inseguridad, principalmente en los Estados de Nuevo León, Tamaulipas, Guerrero y Colima, los cuales son focos de atención por el repunte de la tan mencionada violencia.

«Hasta el momento ha sido insuficiente el trabajo para profesionalizar a las policías y, por ende, no tenemos policías confiables.»

Como conclusión podemos decir que, si bien es cierto que el Ejército no tienen funciones de seguridad pública, se justifica su actuar, ya que las policías federales, estatales y municipales han sido rebasadas e infiltradas de manera muy eficaz por parte de la delincuencia organizada. Además, hasta el momento ha sido insuficiente el trabajo para profesionalizar a las policías y, por ende, no tenemos policías confiables. Se requiere de su capacitación y profesionalización mediante los procesos establecidos en la normatividad vigente como lo es la lgsnsp, para que la población se sienta segura y no sean los militares quienes enfrenten a la delincuencia.

Temas:
  • Ejército
  • Fuerza Aérea
  • Seguridad Pública.

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